Encíclicas Papales

Índice general

Resumen teológico profundo, claro y fiel de Dignitatis Humanae (1965), Declaración del Concilio Vaticano II sobre la libertad religiosa, promulgada por Pablo VI. (clic) vatican.va.


Resumen teológico de Dignitatis Humanae (Pablo VI, 1965)

Sobre la libertad religiosa


1. El derecho a la libertad religiosa

El Concilio declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que:


2. Fundamento en la dignidad humana

Este derecho no se funda en la disposición subjetiva de la persona (si busca o no la verdad), sino en su propia naturaleza ontológica (dignidad humana).


3. Deber de buscar la verdad

La libertad religiosa no significa indiferentismo ni que todas las religiones sean iguales éticamente. Todos los hombres están obligados moralmente a:


4. Límites y orden público

El ejercicio de la libertad religiosa no es absoluto en el orden civil; puede ser limitado por las exigencias del orden público justo:


5. Libertad de las comunidades y la familia

La libertad religiosa abarca también a las comunidades religiosas (derecho a culto, enseñanza, asociación) y a la familia:


Núcleo doctrinal de Dignitatis Humanae

La libertad religiosa es un derecho natural fundado en la dignidad de la persona humana, que debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad. Dios quiere ser adorado en espíritu y en verdad, por hombres libres, no coaccionados. La Iglesia, siguiendo el ejemplo de Cristo, respeta la libertad de las conciencias mientras anuncia la Verdad que salva.




Dignitatis Humanae | Encíclicas Papales
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