Sección segunda
§ 9. LA CAPACIDAD DE LA NATURALEZA HUMANA SIN LA GRACIA, Y SUS LÍMITES
La doctrina católica sobre la gracia guarda el justo medio entre dos extremos.
Frente al naturalismo de los pelagianos y de los modernos racionalistas,
defiende la absoluta necesidad de la gratia elevan y la necesidad moral de la
gratia sanans. Frente al supranaturalismo exagerado de los reformadores,
bayanistas y jansenistas, defiende la capacidad de la naturaleza humana,
abandonada a sí misma, en el campo religioso y moral. Contra los dos extremos
citados, la teología católica sabe distinguir entre el orden natural y el
sobrenatural, y entre la religión y la moral natural y sobrenatural.
1. Capacidad de la naturaleza sola
a) El hombre, aun en el estado de naturaleza caída, puede conocer con su
entendimiento natural verdades religiosas y morales (de fe).
Esta posibilidad se funda en que las fuerzas naturales del hombre no se
perdieron por el pecado original («naturalia permanserunt integra»), aunque sí
sufrieron un debilitamiento por la pérdida de los dones preternaturales; cf. Dz
788, 793, 815.
El papa Clemente XI reprobó la proposición jansenista de que nosotros, sin la
fe, sin Cristo, sin caritas, no somos más que tinieblas, extravío y pecado; Dz
1398; cf. 1391. El concilio del Vaticano elevó a la categoría de dogma 'la
cognoscibilidad natural de Dios, claramente testimoniada en Sap 13, 1 ss, y Rom
1, 20; Dz 1785, 1806; cf. 2145 (posibilidad de demostrar la existencia de Dios).
La cognoscibilidad natural de la ley moral se halla testimoniada en Rom 2, 14 s.
La cultura, en parte muy desarrollada, de los pueblos paganos da testimonio de
la capacidad de la razón humana natural (v. el tratado de Dios Uno y Trino, §
1-2).
b) Para realizar una acción moralmente buena no es precisa la gracia
santificante (de fe).
El pecador, aunque no posea la gracia de justificación, puede realizar obras
moralmente buenas y, con la ayuda de la gracia actual, también obras
sobrenaturalmente buenas (aunque no meritorias), disponiéndose con ello para la
justificación. Por eso, no todas las obras del que está en pecado mortal son
pecado. El concilio de Trento declaró : «Si quis dixerit, opera omnia, quae ante
iustificationem fiunt, quacunque ratione facta sint, vere esse peccata vel odium
Dei mereri...», a. s.; Dz 817; cf. 1035, 1040, 1399.
La Sagrada Escritura exhorta a los pecadores a que se preparen para la
justificación por medio de obras de penitencia ; Ez 18, 30: «Convertíos y
apartaos de todos vuestros pecados» ; cf. Zach 1, 3; Ps 50, 19; Mt 3, 2. Es
inconcebible que obras a las que Dios nos exhorta y que nos disponen para la
justificación puedan ser pecaminosas. Seria incomprensible la conducta de la
Iglesia con los pecadores y catecúmenos si todas las obras realizadas sin la
justificación fueran pecado. La frase referida en Mt 7, 18: «El árbol malo no
puede dar buenos frutos», no niega al pecador la posibilidad de realizar obras
moralmente buenas, como tampoco aquella otra frase paralela : «El árbol bueno no
puede dar malos frutos», niega que el justo tenga posibilidad de pecar.
SAN AGUSTÍN enseña que la vida de los hombres más perversos difícilmente
carecerá de algunas obras buenas (De spiritu et litt. 28, 48). La f rase de SAN
AGUSTÍN : «Regnat carnalis cupiditas, ubi non est Dei caritas» (Enchir. 117),
que los jansenistas citaban en su favor, no quiere decir que cada acción del
pecador sea pecaminosa, sino que únicamente quiere expresar que en la vida moral
hay dos direcciones, una de las cuales se halla dominada por la aspiración al
bien (amor de Dios en sentido amplio) y la otra por el apetito desordenado (amor
del mundo y de sí mismo); cf. Mt 6, 24: «Ninguno puede servir a dos señores» ;
Lc 11, 23: «Quien no está conmigo, está contra mí.» Sobre la significación del
término caritas en AGUSTÍN, cf.
De Trin. vui 10, 14: caritas = amor boni; De gratia Christi, 21, 22: caritas =
bona voluntas; Contra duas ep. Pel. ri 9, 21: caritas = boni cupiditas.
c) Para la realización de una acción moralmente buena no es precisa la gracia de
la fe (sent. cierta).
También el infiel puede obrar el bien moral. De ahí que no todas las obras de
los infieles sean pecado. Pío v condenó la siguiente proposición de Bayo :
«Omnia opera infidelium sunt peccata et philosophorum virtutes sunt vitia» : Dz
1025; cf. 1298.
La Sagrada Escritura reconoce que también los paganos tienen la posibilidad de
realizar obras moralmente buenas ; cf. Dan 4, 24; Mt 5, 47. Según Rom 2, 14, los
gentiles son capaces por naturaleza de cumplir las prescripciones de la ley
moral «Cuando los gentiles, que no tienen ley [mosaica], hacen por naturaleza lo
que prescribe la ley, entonces ellos, que no tienen 'ley, son ley para sí
mismos.» San Pablo, en este pasaje, se refiere a los verdaderos gentiles, es
decir, a los paganos, no a los cristianos provenientes de la gentilidad, como
interpretaba erróneamente Bayo; Dz 1022. El lugar de Rom 14, 23 : «Omne autem,
quod non est ex fide, peccatum est», se refiere no a la fe cristiana como tal,
sino a la conciencia (pístis= firme convicción, juicio de conciencia).
Los padres reconocen sin reservas que los infieles tienen la posibilidad de
realizar obras moralmente buenas. SAN AGUSTíN alaba la continencia, desinterés e
integridad de su amigo Alipio, que todavía no era cristiano (Conf. vi 7 y 10), y
las virtudes cívicas de los antiguos romanos (Ep. 138, 3, 17). Si en este santo
doctor hallamos varias frases que coinciden casi literalmente con las
proposiciones de Bayo y en las cuales parece asegurar que las buenas obras y las
virtudes de los gentiles son pecados y vicios (cf. De spiritu et litt. 3, 5),
debemos explicarnos su actitud por sus polémicas contra el naturalismo de los
pelagianos, en las cuales solamente considera como verdaderamente bueno aquello
que conduce al fin sobrenatural del hombre; cf. SAN AGUSTÍN, Contra lulianton 1v
3, 17, 21 y 25.
d) Para realizar una acción moralmente buena no es precisa la gracia actual
(sent. cierta).
El hombre caído, sin la ayuda de la gracia divina, puede realizar obras
moralmente buenas con solas sus fuerzas naturales. Por eso, no todas las obras
que se hacen sin la gracia actual son pecado. Pío V condenó la siguiente
proposición de Bayo : «Liberum arbitrium, sine gratine Dei adiutorio, nonnisi ad
peccandum valet» Dz 1027; cf. 1037, 1389.
No es posible probar con la Sagrada Escritura ni con la tradición que para todas
las obras moralmente buenas sea necesaria la ayuda de la gracia actual. Los
adversarios de esta tesis invocan sin razón la autoridad de San Agustín. Cuando
este doctor afirma repetidas veces que sin la gracia de Dios no se puede hacer
ninguna obra que no esté libre de pecado, hay que tener en cuenta que San
Agustín llama pecado en un sentido amplio a todo lo que no se ordena al último
fin sobrenatural. Este mismo sentido hay que entender cl can. 22 del
concilio 11 de Orange : «Memo habet de seto nisi mendacium et peccatum» : Dz 195
= SAN AGUSTIN, In lohan.. tr 5, 1.
2. Límites de la capacidad natural
a) En el estado de naturaleza caída, resulta moralmente imposible al hombre, sin
revelación sobrenatural, conocer con firme certidumbre y sin mezcla de error
todas las verdades religiosas y morales del orden natural (sent. cierta).
El concilio del Vaticano declaró, siguiendo a SANTO TOMÁS (S.th. r 1, 1), que :
«A esta revelación divina hay que atribuir el que todas aquellas cosas divinas
que de por sí no son inaccesibles a la razón sean conocidas por todos, en el
estado presente del género humano, con facilidad, firme certidumbre y sin mezcla
alguna de error» ; Dz 1786.
La razón de por qué sin revelación sobrenatural fueron pocas las personas que
llegaron a alcanzar un conocimiento perfecto de Dios y de la ley moral natural,
es precisamente la «herida de ignorancia» («vulnus ignoran iae») que el pecado
original abriera en la naturaleza humana, y que consiste en la debilitación de
la inteligencia.
b) En el estado de naturaleza calda, le resulta moralmente imposible al hombre
cumplir durante largo tiempo toda la ley moral y resistir a todas las
tentaciones graves si no le ayuda la gracia sanante (gratia sanans) (sent.
cierta).
Como, según doctrina del concilio de Trento, el justo necesita «una particular
ayuda de Dios», es decir, el auxilio de la gracia actual, para evitar
duraderamente todos los pecados graves y conservarse en el estado de gracia (Dz
806, 832), con tanto mayor razón habrá que suponer que el no justificado no
podrá evitar durante largo tiempo todos los pecados graves sin ayuda de la
gracia actual, aunque por razón de su libertad natural posea la facultad de
evitar en particular los pecados y cumplir en particular los preceptos de la ley
natural.
El apóstol San Pablo describe en Rom 7, 14-25 la debilidad del hombre caído ante
las tentaciones, debilidad que se funda en la concupiscencia y acentúa la
necesidad de la gracia divina para vencer tales acometidas.
Señor, ayúdanos a reconocer nuestra debilidad sin tu gracia y a confiar plenamente en tu misericordia y poder para vivir según tu voluntad. Amén.
¡Viva Cristo Rey!
¡Ven, Espíritu Santo!
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