§ 11. LA UNIVERSALIDAD DE LA GRACIA
Aunque la gracia es un don libérrimo del amor y de la misericordia de Dios, no
obstante se concede a todos los hombres por razón de la universal voluntad
salvífica de Dios. Pero como de hecho no todos los hombres consiguen la eterna
salvación, se sigue de ahí que existe una doble voluntad o decreto divino
respecto a la felicidad de los hombres :
a) La universal voluntad salvífica de Dios, la cual, sin considerar la
definitiva situación moral de cada uno de los hombres, quiere la salvación de
todos ellos con la condición de que partan de esta vida en estado de gracia
(«voluntas antecedens et condicionata»).
b) La particular voluntad salvífica de Dios, la cual, considerando la situación
moral definitiva de cada uno de los hombres, quiere incondicionalmente la
salvación de todos aquellos que parten de esta vida en estado de gracia
(«voluntas consequens et absoluta»). Esta clase de voluntad salvífica coincide
con la predestinación. En cuanto la voluntad subsiguiente y absoluta se refiere
a la exclusión de la eterna bienaventuranza, se llama reprobación; cf. SAN JUAN
DAMASCENO, De fide orth. II 29.>
1. La universal voluntad salvífica de Dios, considerada en sí misma
Dios, aun supuesta la caída en el pecado y el pecado original, quiere verdadera
y sinceramente la salvación de todos los hombres (sent. próxima a la fe).
Es dogma formal que Dios quiere no sólo la salvación de los predestinados, sino
al menos la de todos los fieles.
La Iglesia condenó como herética la restricción de la voluntad salvífica de Dias
a los predestinados, cosa que defendieron los predestinianos, los calvinistas y
los jansenistas; cf. Dz 318 s, 827, 1096. La voluntad salvífica de Dios abarca,
cuando menos, a todos 'los fieles, como se deduce de la profesión de fe oficial
de la Iglesia, en la cual recitan los fieles : «qui propter nos homines et
propter nostram salutem descendit de caelis». Que tal voluntad rebasa el círculo
de los creyentes, se prueba por la condenación de dos proposiciones contrarias
bajo el pontificado de Alejandro VII; Dz 1294 s.
Jesús muestra, con el ejemplo de la ciudad de Jerusalén, que quiere también la
salvación de aquellos que se pierden de hecho (Mt 23, 37; Lc 19, 41). De Ioh 3,
16, se deduce que Dios quiere, cuando menos, la salvación de todos los fieles ;
pues entregó a su Hijo «para que todo el que crea en Él no perezca». Según 1 Tim
2, 4, la voluntad salvífica de Dias abarca a todos los hombres sin excepción :
«Él [Dios] quiere que todos los hombres sean salvos y vengan al conocimiento de
la verdad.»
Los padres preagustinianos no ponen en duda la universalidad de la voluntad
salvífica de Dios. El Seudo-Ambrosio comenta a propósito de 1 Tim 2, 4: «A
ninguno excluyó de la salvación» («nullum excepit a salute»). También SAN
AGUSTÍN defiende en sus primeros escritos la universalidad de la voluntad
salvífica de Dios ; cf. De spiritu et litt. 33, 58. No obstante, en sus escritos
posteriores la restringe a los predestinados (de acuerdo con su doctrina
rigorista acerca de la predestinación) y da las siguientes interpretaciones
alambicadas del pasaje de la carta segunda a Timoteo:
a) Dios quiere que los
hombres de todas las clases y estados consigan la bienaventuranza (Enchir. 103).
b) Todos los hombres que se salvan son salvados por la voluntad de Dios (Contra
lulianum iv 8, 44; Enchir. 103).
c) Dios hace que nosotros queramos que todos
sean salvos (De corrept. et grat. 15, 47). No pocos teólogos refieren la
exégesis restrictiva de San Agustín a la voluntad salvífica consiguiente y
absoluta, que no es universal. Sin embargo, la forzada explicación agustiniana
hace poner muy en duda el que en los últimos años de su vida haya seguido
manteniendo la universalidad de la voluntad salvífica antecedente. Su doctrina
sobre la predestinación, según la cual Dios, en su libre beneplácito, elige una
parte de los hombres de entre «la masa de los condenados», mientras no elige a
los otros, parece no dejar lugar a una auténtica y seria voluntad salvífica
universal.
2. La universal voluntad salvífica de Dios en su realización práctica
a) Dios da a todos los justos gracia suficiente («gratia proxime vel remote
sufficiens») para observar los preceptos divinos (de fe).
Se distingue entre gracia inmediatamente suficiente («gratia proxime sufficiens»), que concede directamente la capacidad de producir un acto
salutífero, y gracia mediata o remotamente suficiente («gratia remote sufficiens»), que concede la capacidad de producir un acto preparatorio por el
cual se obtendría un nuevo auxilio de gracia. La gracia de la oración es, sobre
todo, una gracia mediatamente suficiente.
Después que el concilio II de Orange había formulado ya esta doctrina (Dz 200),
el concilio de Trento declaró que no era imposible para el justo observar Ios
mandamientos divinos: «Si quis dixerit, Dei praecepta homini etiam iustificato
et sub gratia constituto esse ad observandum impossibilia», a. s.; Dz 828. La
doctrina contraria de Jansenio fue condenada como herética por la Iglesia ; Dz
1092.
Según testimonio de la Sagrada Escritura, Dios tiene con los justos una especial
solicitud; cf. Ps 32, 18 s ; 36, 25 ss ; 90; Mt 12, 50 ; Ioh 14, 21; Rom 5,
8-10. I,os mandamientos de Dios puede cumplirlos fácilmente el justo; Mt 11, 30:
«Mi yugo es suave y mi carga ligera» ; I Ioh 5, 3 s : «Este es el amor de Dios,
que guardemos sus preceptos. Sus preceptos no son pesados, porque todo el
engendrado de Dios vence al mundo» ; 1 Cor 10, 13: «Fiel es Dios, que no
permitirá que seáis tentados sobre vuestras fuerzas; antes dispondrá con la
tentación el éxito para que podáis resistirla».
San Agustín formuló esta frase, que luego haría suya el concilio de Trento:
«Dios no abandona a los justos con su gracia si no es abandonado antes por
ellos»; Dz 804; cf. SAN AGUSTÍN, De nat. et grat. 26, 29.
Dios, por su fidelidad, se compromete a dar a los justos gracia suficiente para
que ellos puedan conservar el título que han recibido para el reino de los
cielos.
b) Dios, a todos los pecadores creyentes, les da gracia suficiente ( «gratia
saltem remote sufficiens») para su conversión (sent. común).
Aun a los pecadores obcecados y endurecidos, Dios no les retira totalmente su
gracia.
La Iglesia enseña que los bautizados que han caído en pecado mortal «pueden
siempre restablecerse por medio de verdadera penitencia»; Dz 430. Ello presupone
que Dios les concede gracia suficiente para la conversión ; cf. Dz 911, 321.
Las numerosas exhortaciones que la Sagrada Escritura dirige a los pecadores para
que se conviertan presuponen, como es natural, la posibilidad de convertirse con
la ayuda de la gracia divina; Ez 33, 11: «Yo no quiero la muerte del pecador,
sino que se convierta de su camino [depravado] y viva» ; 2 Petr 3, 9: «El
Señor... es paciente para con vosotros ; no quiere que nadie perezca, sino que
todos vengan al arrepentimiento» ; Rom 2, 4: ee Desconoces que la bondad de Dios
te guiará a la conversión?» Los pasajes de la Sagrada Escritura en que se
atribuye a Dias el endurecimiento del corazón del pecador (Ex 7, 3; 9, 12; Rom
9, 18) hay que entenderlos en el sentido de que Dios permite el mal sustrayendo
a los pecadores su gracia eficaz en señal de castigo. La conversión se hace con
ello muy difícil, pero no imposible.
Según doctrina universal de los padres, los más grandes pecadores no están
excluidos de la misericordia de Dios. SAN AGUSTÍN dice : «Aunque se trate del
más grande pecador, no hay que desesperar mientras viva sobre la tierra»
(Retract. r 19, 7). La razón psicológica de que aun los pecadores empedernidos
tengan posibilidad de convertirse es que el endurecimiento del corazón durante
el estado de peregrinación por la tierra no es todavía completo, como lo es el
de los condenados en el infierno.
c) Dios da a todos los infieles inocentes («infidelis negativi») la gracia
suficiente para que consigan la eterna salvación (sent. cierta).
Alejandro Vlll condenó en 1690 las proposiciones jansenísticas de que Cristo
había muerto únicamente por los fieles y de que los gentiles, judíos y herejes
no habían recibido ningún influjo de su gracia ; Dz 1294s; cf. Dz 1376 ss.
La Sagrada Escritura da testimonio de la universalidad de la voluntad salvífica
de Dios (1 .Tim 2, 4; 2 Petr 3, 9) y de la universalidad de la redención de
Cristo (1 Ioh. 2, 2; 2 Cor 5, 15; 1 Tim 2, 6; Rom 5, 18). Es incompatible con
ello que una gran parte de la humanidad no logre la gracia necesaria y
suficiente para la salvación.
Los padres suelen interpretar Ioh 1, 9 («illuminat omnem hominem») diciendo que
la gracia divina ilumina a todos los hombres, aun a los infieles; cf. SAN JUAN
CRISÓSTOMO, In Ioh. hora. 8, 1. El escrito anónimo, debido probablemente a
PRÓSPERO DE AQUITANIA, titulado De vocatione omnium gentilium (hacia el 450), es
una monografía patrística sobre la difusión de la gracia divina sobre todos los
hombres. Este escrito procura buscar el término medio entre los semipelagianos y
los partidarios de la doctrina agustiniana sobre la gracia, defendiendo
decididamente la universalidad de la voluntad salvífica de Dios y de la
concesión de la gracia.
Como la fe «es el comienzo de la salvación, la raíz y fundamento de toda
justificación» (Dz 801), por lo mismo la fe es indispensable para la
justificación de los gentiles; Hebr 11, 6: Sin la fe es imposible agradar a
Dios. Es preciso que quien se acerca a Dios crea que existe y que es remunerador
de los que le buscan.» No basta una mera «fe racional». Inocencio XI condenó la
proposición : «Fides late dicta ex testimonio creaturarum similive motivo ad
iustificationem sufficit» ; Dz 1173. Es necesaria la fe teológica, es decir, la
fe en la revelación sobrenatural, que es efecto de la gracia (Dz 1789: noción de
la fe teológica; 1793: «nemini unquam sine illa contigit iustificatio»). Por lo
que respecta al objeto de la fe, hay que creer firmemente, por necesidad de
medio y con fe explícita —según Hebr 11, 6—, por lo menos la existencia de Dios
y la retribución que habrá lugar en la vida futura. Con respecto a la Trinidad y
a la encarnación, basta la fe implícita. La fe sobrenatural que se requiere para
la justificación se origina por medio de una ilustración, externa' o interna,
con la cual Dios conduce al infiel al conocimiento de la verdad revelada,
capacitándole por medio de la gracia actual para que realice un acto de fe
sobrenatural ; cf. De veril. 14, 11.
Objeción. Contra la universalidad de la voluntad salvífica de Dios, se objeta
que no parece querer seria y sinceramente la salvación de los niños que mueren
sin bautismo. A esto se responde : Dios, por razón de sn voluntad salvífica, no
está obligado a intervenir milagrosamente para remover todos y cada uno de los
obstáculos que se derivan, según el orden creado del mundo, de la cooperación de
las causas segundas creadas con la causa primera increada (Dios), y que en
muchos casos impiden la realización de la voluntad salvífica de Dios. Existe,
además, la posibilidad de que Dios utilice caminos extraordinarios para borrar
el pecado original a los niños que mueren sin bautismo, y para comunicarles la
gracia, porque su poder no se ata a los medios con que la Iglesia comunica la
gracia. Sin embargo, no podemos probar positivamente la realidad efectiva de
semejante forma extra sacramental de conferir la gracia. Véase el tratado acerca
de la Creación, § 25.
¡Viva Cristo Rey!
¡Ven, Espíritu Santo!
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