Los Sacramentos
El Bautismo
home§ 6. El SUJETO DEL BAUTISMO
El bautismo puede ser recibido válidamente por cualquiera persona no bautizada
que se halle en estado de peregrinación (de fe).
El bautismo 'por los muertos» de que se nos habla en 1 Cor 15, 29 («Qué lograrán
los que se bautizan por los muertos? Si en ninguna manera los muertos resucitan,
¿a qué viene el bautizarse por ellos?»), no era un bautismo que se administrase
a los muertos, sino que consistía tal vez en un bautismo recibido en supuesta
representación (bautismo vicario) de personas que habían fallecido sin bautismo
y para quienes trataba de conseguirse póstumamente la gracia bautismal; o tal
vez fuera un bautismo o especie de ceremonia lavatoria por la cual se creyese
poder interceder en favor de los difuntos, guardando analogía con aquella
oración intercesora que ofrecieron los judíos en favor de los difuntos de la que
nos habla 2 Mac 12, 42 ss.
Basándose en estas palabras de San Pablo, algunas sectas cristianas de los
primeros tiempos -- como los cerintianos y los marcionitas — practicaban el
bautismo vicario en favor de los difuntos. Llegaron incluso estos herejes a
administrar el bautismo a los mismos difuntos. Contra tales prácticas
intervinieron los sínodos de Hipona (393) y Cartago (397).
1. Los adultos
En los que han llegado al uso de razón, se requiere la intención (al menos,
habitual) de recibir el bautismo, para que éste se reciba válidamente; Dz 411.
Para recibirlo dignamente se requiere, además, la debida disposición interior,
que debe consistir por lo menos en la fe y el arrepentimiento por los pecados
cometidos; Dz 798. La Sagrada Escritura exige expresamente, como preparación
para recibir el bautismo, la fe (Mc 16, 16: «El que creyere y fuere bautizado,
se salvará»; Mt 28, 19; Act 2, 41; 8, 12 s ; 8, 37) y el arrepentimiento por
los pecados cometidos (Act 2, 38: «Arrepentíos y bautícese cada uno de vosotros»; 3, 19). La preparación para el bautismo que se exigía en la antigüedad
cristiana consistía en el aprendizaje de la doctrina cristiana y en las
prácticas de penitencia.
2. Los que no han llegado al uso de razón
Es válido y lícito el bautismo de los niños que no tienen uso de razón (de fe).
El concilio de Trento condenó la práctica de los anabaptistas (= rebautizantes)
que repetían el bautismo cuando el individuo llegaba al uso de razón; y
defendió el bautismo de los niños pequeños: «Si quis dixerit, parvulos... esse
rebaptizandos aut praestare omitti eorum baptisma, quam eos non actu proprio
credentes baptizari in sola fide Ecclesiae», a. s. ; Dz 869; cf. Dz 791.
Los reformadores conservaron el bautismo de los niños por influjo de la
tradición cristiana, aunque tal bautismo es incompatible con su concepción de
los sacramentos. Lutero intentó resolver la dificultad suponiendo
arbitrariamente que, en el momento del bautismo, Dios capacita a los párvulos de
manera milagrosa para que realicen un acto de fe fiducial justificante.
Según la doctrina católica puede faltar la fe, porque ella no es causa de la
justificación, sino únicamente un acto dispositivo; lo mismo se diga de otros
actos dispositivos que pueden igualmente faltar. La fe del párvulo es
sustituida, según doctrina de San Agustín y la escolástica, por la fe de la
Iglesia; S.th. in 68, 9 ad 2.
Recientemente, un teólogo protestante — K. Barth— ha presentado objeciones de
tipo exegético e ideológico contra la práctica de bautizar a los párvulos,
exigiendo que se corrija ese contrasentido que se verifica dentro del
protestantismo y se sustituya el actual bautismo de los niños por otro aceptado
con responsabilidad por parte del bautizando.
La Sagrada Escritura no nos permite probar con plena certeza, pero sí con suma
probabilidad, el hecho del bautismo de los párvulos. Cuando San Pablo (1 Cor 1,
16) y los Hechos de los Apóstoles (16, 15 y 33; 18, 8; cf. 11, 14) nos hablan
repetidas veces del bautismo de una «casa» (= familia) entera, debemos entender
que en la palabra «casa» están comprendidos también los hijos pequeños que
pudiera haber, y eso con tanto mayor razón cuanto que la circuncisión — que fue
sustituida por el bautismo cristiano (Col 2, 11 : «la circuncisión de Cristo») —
y el bautismo de los prosélitos en el judaísmo tardío se practicaban también en
los párvulos. Según Act 2, 38 s, el don del Espíritu Santo que se recibe por el
bautismo no solamente se prometió a los oyentes de Pedro, sino también a sus
hijos. Por éstos se pueden entender, naturalmente, en un sentido amplio, todos
los descendientes de aquellos que estaban oyendo al apóstol. La posibilidad de
que los párvulos reciban válidamente el bautismo se funda en la eficacia
objetiva de los sacramentos y se justifica por la universal voluntad salvífica
de Dios (1 Tim 2, 4), que se extiende también sobre los niños que no han llegado
al uso de razón (Mt 19, 14), y por la necesidad del bautismo para alcanzar la
salvación (Ioh 3, 5).
El texto de 1 Cor 7, 14 no puede considerarse como contrario al bautismo de los
niños. El hecho de que San Pablo llame «santos» a los hijos de matrimonios
mixtos no permite concluir que esos niños no tengan necesidad de recibir el
bautismo, como tampoco se atrevería nadie a concluir, por el hecho de que el
cónyuge no cristiano «se santifique» por el cónyuge cristiano, que aquél, al
convertirse al cristianismo, no necesitara recibir el bautismo. La tradición
cristiana no sabe nada de miembros de la Iglesia no bautizados. El concepto de
«santo», según lo emplea San Pablo en el citado pasaje, debe entenderse en el
sentido amplio de la objetiva consagración a Dios, la cual contiene en sí el no
ser impuro en el sentido de la pureza ritual.
Del Martyrium Polycarpi (9, 3: «Ochenta y seis años ha que le sirvo») se deduce
que Policarpo recibió el bautismo hacia el año 70, en edad infantil. Aparece
claro en la Apología 1.a de SAN JUSTINO (15, 6) que los hombres y mujeres de
sesenta y setenta años que en ella se mencionan, y «que desde su infancia eran
discípulos de Cristo», se bautizaron siendo niños hacia los años 85 al 95. Un
testimonio directo de la práctica eclesiástica de bautizar a los niños lo
hallamos en SAN IRENEO (Adv. haer. II 22, 4), TERTULIANO (De bapt. 18), SAN
HIPÓLITO DE ROMA (Traditio Apostolica), ORÍGENES (In Lev. hm. 8, 3; Contra. in
Rom 5, 9) y SAN CIPRIANO (Ep. 64, 2) y en los epitafios paleocristianos del
siglo III. Orígenes funda la práctica de bautizar a los niños en la
universalidad del pecado original y afirma que tal costumbre procede de los
apóstoles. Un sínodo cartaginés presidido por Cipriano (251 ó 253) desaprobó el
que se dilatase el bautismo de los recién nacidos hasta ocho días después de su
nacimiento, y dio como razón que «a ninguno de los nacidos se le puede negar la
gracia y la misericordia de Dios». Desde el siglo Iv va apareciendo, sobre todo
en Oriente, la costumbre de dilatar el bautismo hasta la edad madura o, incluso,
el _fin de la vida. SAN GREGORIO NACIANCENO recomienda como regla general la
edad de tres años (Or. 40, 28). Las controversias contra los pelagianos hicieron
que se adquiriera un conocimiento más claro del pecado original y de la
necesidad de recibir el bautismo para salvarse, lo cual sirvió para extender
notablemente la práctica de bautizar a los niños pequeños.
La validez del bautismo de los niños nos permite concluir que los párvulos
bautizados son plenamente miembros de la Iglesia y, al llegar al uso de razón,
están obligados a cumplir las promesas del bautismo que pronunciaron por boca de
los padrinos de su bautismo. El concilio de Trento rechazó la doctrina de Erasmo
de Rotterdam según la cual los niños, al llegar al uso de razón, tenían que
decidir libremente si aceptaban o no los compromisos del bautismo; Dz 870. Por
ordenación positiva de Dios, toda persona está destinada a incorporarse por
medio del bautismo a la Iglesia de Cristo, a fin de alcanzar su último fin
sobrenatural. La obligación de creer y llevar una vida cristiana que se deriva
de la recepción del bautismo la tienen que aceptar sobre sí todos los hombres
por amor a su salvación eterna.
Ave María Purísima
Cristiano Católico 8-12-2025 Año de la Fe
Sea Bendita la Santa e Inmaculada Purísima Concepción de la Santísima Virgen María