Los Sacramentos

La Confirmación

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II. EL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

§ 1. NOCIÓN Y SACRAMENTALIDAD DE LA CONFIRMACIÓN

1. Noción

La confirmación es un sacramento por el cual el bautizado es colmado del Espíritu Santo por la imposición de manos, la unción y la oración, para que se consolide interiormente en su vida sobrenatural y confiese exteriormente con valentía la fe en Jesucristo.

SANTO TOMÁS la define como sacramento de la plenitud de gracia y como «sacramento por el cual se concede a los bautizados la fortaleza del espíritu»; S.th. tu 72, 1 ad 2; S.c.G. rv, 60.

2. Sacramentalidad de la confirmación

La confirmación es verdadero y propio sacramento (de fe).

El concilio de Trento hizo la siguiente declaración, contra los reformadores que rechazaban la confirmación como carente de fundamento bíblico: «Si quis dixerit, confirmationem baptizatorum otiosam caeremoniam esse et non potius verum et proprium sacramentum», a. s.; Dz 871.

Según la Apoloqia Confessionis de MELANCHTHON (art. 13, 6), la confirmación es un rito transmitido por los padres innecesario para la salvación, porque no tiene en su favor el mandato de Dios. Según la historia racionalistica de los dogmas (Harnack), la confirmación surgió al desligarse y cobrar vida autónoma algunas ceremonias simbólicas que primitivamente acompañaban la administración del bautismo. Pío X condenó la tesis modernista según la cual el bautismo y la confirmación no se habían distinguido en la Iglesia primitiva como dos sacramentos diversos ; Dz 2044.

a) Prueba de Escritura

La Sagrada Escritura sólo nos ofrece pruebas indirectas de que Cristo constituyera el sacramento de la confirmación. Después de que los profetas del Antiguo Testamento habían predicho que el Espíritu de Dias se derramaría sobre toda la redondez de la tierra como señal de que era venida la época mesiánica (cf. Ioel 2, 28 s [M 3, 1 s] = Act 2, 17 s ; Is 44, 3-5; Ez 39, 29), Jesús prometió a sus apóstoles (Ioh 14, 16 s y 26; 16, 7 ss; Lc 24, 49; Act 1, 5) y a todos los fieles futuros (Ioh 7, 38 s) que enviaría sobre ellos el Espíritu Santo. El día de Pentecostés cumplió su palabra con la comunidad cristiana primitiva; Act 2, 4: «Quedaron todos llenos del Espíritu Santo; y comenzaron a hablar en lenguas extrañas, según que el Espíritu Santo les movía a expresarse.»

En lo sucesivo, los apóstoles comunicaban el Espíritu Santo a los bautizados por medio del rito exterior de la imposición de manos. Act 8, 14 ss nos refiere : «Cuando los apóstoles, que estaban en Jerusalén, oyeron cómo había recibido Samaria la palabra de Dios, enviaron allá a Pedro y Juan, los cuales, bajando, oraron sobre ellos para que recibiesen el Espíritu Santo, pues aún no había venido sobre ninguno de ellos; sólo habían sido bautizados en el nombre del Señor Jesús. Entonces les impusieron las manos y recibieron el Espíritu Santo.» Según Act 19, 6, San Pablo comunicó el Espíritu Santo a unos doce discípulos de Éfeso, una vez que éstos hubieron recibido el bautismo: «E, imponiéndoles Pablo las manos, descendió sobre ellos el Espíritu Santo, y hablaban lenguas y profetizaban.» Según Hebr 6, 2, la imposición de manos, que hace descender al Espíritu Santo (v 4), pertenece, juntamente con el bautismo, a los fundamentos de la religión cristiana.

De los pasajes citados se desprende la sacramentalidad de la confirmación :

a') Los apóstoles efectuaban un rito sacramental consistente en la imposición de manos y la oración.

b?) El efecto de este rito externo era la comunicación del Espíritu Santo, principio de santificación interna. Según Act 8, 18, entre la imposición de manos y la comunión del Espíritu Santo existía verdadero nexo causal («per impositionem manus Apostolorum»).

c') Los apóstoles obraban por encargo de Cristo. Como Cristo prometió que comunicaría el Espíritu Santo a todos los fieles, es de suponer que también daría explicaciones precisas sobre el modo de comunicar el Espíritu Santo. La naturalidad con que los apóstoles (que se consideraban únicamente como ministros de Cristo y administradores de los misterios de Dios; 1 Cor 4, 1) efectuaban el rito de la imposición de manos presupone una ordenación de Cristo a este respecto.

Santo Tomás enseña que Cristo instituyó el sacramento de la confirmación «non exhibendo, sed promittendo», es decir, que Él no administró este sacramento, sino que prometió para el futuro su administración, porque en la confirmación se otorga la plenitud del Espíritu Santo, la cual no entraba en los planes de Dios concederla antes de la resurrección y ascensión de Cristo a los cielos; S.th. III 72, 1 ad 1.

Algunos teólogos escolásticos, v.g., el Maestro Rolando y San Buenaventura, sostuvieron la opinión de que la confirmación había sido instituida por los apóstoles, es decir, por el Espíritu Santo por medio de los apóstoles (institución divina mediata). ALEJANDRO DE HALES, es decir, la Suma que lleva su nombre, propone la sentencia de que el sacramento de la confirmación había sido instituido por inspiración del Espíritu Santo en un concilio de Meaux («in concilio meldensi»), pero en realidad no se refiere al sacramento como tal, sino a la fijación definitiva del rito de su administración corriente en aquel tiempo. No niega que Cristo instituyera la imposición de manos, cuyo efecto era hacer descender el Espíritu Santo.

b) Prueba de tradición

Aunque la confirmación, en los primeros tiempos del cristianismo, estaba íntimamente unida con el bautismo, no obstante, aparece ya en los testimonios más antiguos de la tradición cristiana como un rito sacramental distinto del bautismo.

TERTULIANO considera el bautismo como preparación para recibir el Espíritu Santo: «No es que hayamos recibido en el agua al Espíritu Santo, sino que en el agua... nos purificamos y disponemos para recibirlo» (De bapt. 6). Después del bautismo tiene lugar una unción de todo el cuerpo (unción bautismal) y, después, la imposición de manos: «Al salir del baño bautismal, somos ungidos con unción sagrada» (c. 7) ; «Después se imponen las manos, llamando e invitando al Espíritu Santo por medio de una bendición» («dehinc manus imponitur per benedictionem advocans et invitans Spiritum sanctum»; c. 8). El efecto de este rito es la comunicación del Espíritu Santo. En su escrito De carnis resurrectione 8, TERTULIANO enumera los siguientes ritos de iniciación: bautismo, unción, signación (con la cruz), imposición de manos y recepción de la eucaristía.

SAN HIPÓLITO DE ROMA (+ 235) menciona en su Tradición Apostólica los siguientes ritos de la confirmación: imposición de manos del obispo y oración, unción con óleo sagrado —hay que distinguir esta unción de la unción bautismal que efectúa el sacerdote después del bautismo--, y al mismo tiempo, imposición de manos mientras se recita una fórmula trinitaria de bendición, signación de la frente y beso de paz; cf. In Dan. 1, 16.

El papa Cornelio (251-253) reprocha a Novaciano el que, después de haber recibido el bautismo de aspersión en el lecho de enfermedad, y «habiendo salido de la enfermedad, no recibiera todo lo demás que generalmente hay que recibir en la Iglesia, así como tampoco la signación por el obispo». Tal signación hacía que se recibiese el Espíritu Santo. De ahí la pregunta del papa Cornelio: «¿Cómo iba [Novaciano] a recibir el Espíritu Santo, si no había recibido este rito?» (Ep. ad Fabium Ant.; EUSEBlo, H. eccl. vi 43, 15).

SAN CIPRIANO (+ 258) dice, refiriéndose a Act 8, 14 ss: «Esto ocurre hoy también entre nosotros. A aquellos que han sido bautizados en la Iglesia se les conduce a los prepósitos de la Iglesia [= a los obispos], y por nuestra oración y nuestra imposición de manos reciben el Espíritu Santo y son consumados por el sello del Señor» (Ep. 73, 9) ; cf. Ep. 74, 5 y 7.

Según el sínodo hispano de Elvira (hacia el 306), todo aquel que haya sido bautizado por un laico en enfermedad grave o haya recibido el bautismo de un diácono tiene que presentarse al obispo «para que sea consumado por la imposición de manos» (can. 38 y 77) ; Dz 52d-e.

SAN CIRILO DE JERUSALÉN (t 386) (o su sucesor Juan) dedica a la confirmación su tercera catequesis mistagógica, - que lleva el título: Sobre la unción. Otros testimonios los hallamos en SAN AMBROSIO (De sacr. iii 2, 8-10; De myst. 7, 42), SAN JERÓNIMO (Dial. c. Luciferianos 8 s), INOCENCIO I (Sermo 24, 6), SAN AGUSTIN (De Trinit. xv, 26, 46; In ep. 1 loh., tr. 6, 10), SAN LEÓN MAGNO (Servno 24, 6), SEUDO-DIONISIO (De eccl. hier. 4, 3, 11).

La escolástica prueba especulativamente la existencia del sacramento de la confirmación por la analogía que existe entre la vida natural del cuerpo y la vida sobrenatural del alma. Así como al nacimiento corporal le corresponde un sacramento de renacimiento espiritual, el bautismo, así también al crecimiento corporal le corresponde un sacramento de corroboración y robustecimiento de la vida sobrenatural, la confirmación ; S.th. III 72, 1.


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