Los Sacramentos

Sacramento del matrimonio

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§ 5. EL MINISTRO Y EL SUJETO DEL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO

1. Los contrayentes como ministros y sujetos

Los contrayentes se administran mutuamente el sacramento del matrimonio (sent. cierta).

Como la esencia del sacramento del matrimonio consiste exclusivamente en el contrato matrimonial (v § 3), los dos contrayentes son ministros y sujetos del matrimonio. Cada uno de ellos se lo administra al otro al aceptar su ofrecimiento.

El sacerdote, que como representante de la Iglesia ratifica el consentimiento mutuo de los esposos y bendice el matrimonio, es solamente un testigo de la alianza matrimonial y ministro de las solemnidades que la acompañan. El derecho canónico prevé casos excepcionales en que se contrae válidamente matrimonio sin asistencia del sacerdote; CIC 1098.

2. Validez

Para que la administración y recepción del sacramento del matrimonio sea válida, se requiere: a) que los dos contrayentes estén bautizados; b) intención, por lo menos virtual, de hacer lo que hace la Iglesia; c) estar libre de impedimentos dirimentes; d) observar la forma prescrita por la Iglesia (que se celebre el matrimonio ante el párroco y dos testigos; CIC 1094), a no ser que el derecho canónico prevea alguna excepción (CIC 1098; 1099, § 2: acatólicos, cuando entre sí contraen matrimonio).

Es objeto de controversia si el matrimonio de una persona bautizada con otra que no lo está será sacramento para aquélla; se discute igualmente si el que fue al principio matrimonio puramente natural entre dos personas no bautizadas se elevará a sacramento cuando éstas recibieren el bautismo.

La primera cuestión hay que resolverla afirmativamente, porque el contrayente bautizado es capaz de recibir el sacramento y el contrayente no bautizado es capaz de administrarlo. Con respecto a la segunda cuestión, parece decidir la negativa el hecho de que la realización del sacramento del matrimonio se identifique con la conclusión del contrato matrimonial. Mas, por otra parte, parece duro suponer que los esposos que se han convertido al cristianismo vayan a verse privados durante toda su vida de las gracias del sacramento del matrimonio.

3. Licitud y dignidad

Para administrar y recibir lícitamente el sacramento del matrimonio se requiere estar libre de impedimentos impedientes (es decir, que sólo prohíben pero no invalidan la alianza matrimonial).

Para recibir dignamente el sacramento del matrimonio se requiere el estado de gracia. Según la opinión más probable, respaldada por la autoridad de muchos teólogos, el sacramento recibido indignamente revive después de quitados los estorbos de la gracia.

Ave María Purísima
Cristiano Católico 8-12-2025   Año de la Fe
Sea Bendita la Santa e Inmaculada Purísima Concepción de laSantísima Virgen María