B. EL PERDÓN DE LOS PECADOS COMO SACRAMENTO
§ 8. SACRAMENTALIDAD DEL PERDÓN DE LOS PECADOS
1. Realidad del sacramento de la penitencia
El perdón de los pecados que se concede en el tribunal de la penitencia es un
verdadero y propio sacramento distinto del bautismo (de fe).
El concilio de Trento hizo la siguiente declaración, en contra de los
reformadores: «Si quis dixerit in catholica Ecclesia poenitentiam non esse vere
et proprie sacramentum», a. s.; Dz 911; cf. 912.
En la acción de perdonar los pecados se verifican todas las notas esenciales de
la noción de sacramento: a) un signo exterior y sensible que simboliza la
gracia; b) un efecto de gracia invisible e interno; c) la institución por
Cristo.
2. Esencia física del sacramento de la penitencia
Desde el concilio de Trento, es sentencia común la explicación de los tomistas,
la cual hace consistir la esencia física del sacramento de la penitencia: por
un lado, en los actos del penitente (arrepentimiento, confesión de los pecados,
satisfacción o propósito de dar satisfacción) que constituyen la quasi-materia
(Dz 699, 896, 914); y, por otro. lado, en la absolución del sacerdote, que
constituye la forma. Los actos del penitente están ordenados a la absolución, lo
mismo que la materia está ordenada a la forma, y constituyen con la absolución
el signo sacramental obrador de la gracia.
Por el contrario, los escotistas enseñan que la esencia física del sacramento
de la penitencia consiste únicamente en la absolución que imparte el sacerdote,
y que los actos del penitente son únicamente condición necesaria para la digna
recepción del sacramento.
a) En favor de la sentencia tomista abogan los siguientes argumentos:
a') Como enseña el concilio de Trento (Dz 896), la virtud del sacramento de la
penitencia reside «principalmente» (praecipue) —y, por tanto, no de manera
exclusiva — en la absolución. Ahora bien, como la virtud de un sacramento no
puede residir sino en aquello que constituye su esencia,. los tres actos del
penitente (denominados quasi materia sacramenti y partes poenitentiae)
constituyen, juntamente con la absolución (denominada forma), la esencia del
sacramento.
b') La analogía con los demás sacramentos (exceptuando el matrimonio) nos
permite esperar que también el signo sacramental de la penitencia se componga de
dos elementos realmente distintos entre sí. Los actos del penitente son
considerados acertadamente como materia, pues se ordenan a la absolución y son
en cierto modo informados por ella. Por faltar toda sustancia material, se habla
de quasi-materia; cf. Cat. Rom. ci 5, 13.
c') Como el perdón de los pecados se otorga por medio de un proceso judicial,
tendrán que darse en la penitencia todos los elementos esenciales de un proceso
de tal índole. Ahora bien, el proceso judicial no consta únicamente de la
pronunciación de la sentencia, sino además del conocimiento de causa y del
examen de la cuestión. Y esto último se verifica en el sacramento de la
penitencia por la acusación que el pecador hace de sus propios delitos. Como el
tribunal de la penitencia tiene por fin propio el perdón de los pecados, la
confesión de la propia culpa tiene que ir acompañada del sentimiento de
arrepentimiento y del propósito de dar satisfacción.
d') SANTO TOMÁS considera los actos del penitente como materia del sacramento de
la penitencia, perteneciente a la esencia del sacramento; cf. S.th. ui 84, 2.
b) Los escotistas alegan que el concilio de Trento califica de quasi-materia los
actos del penitente, entendiendo, por tanto, una materia impropiamente tal.
Dicen también que el citado concilio solamente afirma que los actos del
penitente se requieren para la integridad del sacramento (ad integritatem
sacramenti»), pero no que pertenezcan a la esencia del sacramento. La expresión
de «partes poenitentiae» la entienden los escotistas en el sentido de partes
integrantes. Aparte de todo esto, los escotistas aducen en su favor las
siguientes razones: Los actos del penitente no podrían ser signo apropiado para
significar el efecto de la gracia sacramental, y, por tanto, no constituyen la
causa de tal efecto. El sacerdote, como único ministro del sacramento, tiene que
poner todo el signo sacramental. La práctica seguida en la Iglesia de absolver
bajo condición a los que se hallan en estado de inconsciencia presupone que el
signo sacramental de la penitencia reside exclusivamente en la acción del
sacerdote.
Ave María Purísima
Cristiano Católico 8-12-2025
Año de la Fe
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Concepción de laSantísima Virgen María