§ 2. EL SIGNO EXTERNO DE I.A UNCIÓN DE LOS ENFERMOS
1. Materia
El óleo es la materia remota de la unción de los enfermos (de fe).
Por óleo (Iac 5, 14) debe entenderse aceite de oliva. El Decretum pro Armenüs
(1439) enseña : «cuius materia est oleum olivae per episcopum benedictum»; Dz
700; cf. 908. El óleo, conforme a una antigua tradición (cf. San Hipólito de
Roma), ha de estar bendecido por el obispo o un sacerdote autorizado por la Sede
Apostólica ; CIC 945. El empleo de óleo sin consagrar o cuya consagración ha
sido realizada por un sacerdote no autorizado permite dudar de la validez del
sacramento; cf. Dz 1628 s.
La materia próxima es la unción del enfermo con óleo consagrado. Para la validez
del sacramento basta hacer la unción sobre un solo sentido o, mejor, sobre la
frente; CIC 947, § 1.
2. Forma
La forma consiste en la oración del sacerdote por el enfermo mientras le aplica
la unción (de fe).
La Iglesia latina se sirve de las siguientes palabras : «Per istam sanctam
unctionem et suam piissimam misericordiam indulgeat tibi Dominus, quidquid per
visum (auditum, odoratum, gustum et locutionem, tactum, gressum) deliquisti.
Amen» ; Dz 700, 908 ; cf. 1996.
Según Iac 5, 14, la forma tiene que ser una oración tal por el enfermo que
claramente precise que la unción es un acto religioso. Para ello la forma más
conveniente es la deprecativa; pero notemos que las formas indicativas e
imperativas, en uso antiguamente, pueden adquirir también significación
deprecativa por la intención del ministro del sacramento.
Ave María Purísima
Cristiano Católico 8-12-2025
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