III. REFORMA DE LA SAGRADA LITURGIA
Sacrosanctum Concilium, (clic) Vatican.va
(Capítulo Ib: Principios generales para la reforma y fomento de la sagrada liturgia)
La liturgia contiene elementos inmutables por institución divina y otros modificables según las necesidades pastorales. La reforma debe hacer más clara la naturaleza sagrada de los ritos y facilitar la participación plena, activa y comunitaria del pueblo de Dios. Todo cambio debe servir a la comprensión del misterio celebrado.
La liturgia es regulada únicamente por la autoridad eclesiástica: la Sede Apostólica, el obispo y, en ciertos casos, las asambleas episcopales. Nadie puede alterar los ritos por iniciativa propia. La liturgia es un bien común que exige obediencia y unidad.
La reforma debe respetar la tradición viva y, al mismo tiempo, permitir un progreso auténtico. Toda modificación requiere estudio teológico, histórico y pastoral. Las innovaciones deben surgir orgánicamente de lo existente y responder a una verdadera necesidad eclesial.
La liturgia está impregnada de Palabra de Dios: lecturas, salmos, oraciones y signos. La reforma debe promover un amor más profundo a la Escritura, fuente de la vida litúrgica y fundamento de la renovación.
Los libros litúrgicos deben ser revisados con la colaboración de expertos y obispos de todo el mundo, para expresar con mayor claridad la riqueza de la tradición y favorecer la participación.
Las celebraciones litúrgicas son acciones de toda la Iglesia, no actos privados. Manifiestan la unidad del Cuerpo de Cristo bajo la guía del obispo y expresan la naturaleza comunitaria del culto cristiano.
Cuando sea posible, se debe preferir la celebración comunitaria a la individual, especialmente en la Eucaristía y los sacramentos. La liturgia es esencialmente un acto del pueblo reunido.
Ministros y fieles deben realizar solo aquello que les corresponde según su oficio litúrgico. La armonía de la celebración depende del respeto a la estructura jerárquica y comunitaria.
Estos ministros ejercen un auténtico ministerio litúrgico y deben formarse espiritualmente y técnicamente para desempeñar su servicio con dignidad y orden.
Se fomentan aclamaciones, respuestas, cantos, gestos y silencios sagrados. La participación corporal y vocal expresa la participación interior del pueblo.
Las rúbricas deben prever explícitamente la participación de los fieles, evitando que la liturgia sea un acto meramente clerical.
No debe haber acepción de personas en las celebraciones, salvo lo que corresponde a la función litúrgica o a honores civiles legítimos. La liturgia expresa la igualdad fundamental de los hijos de Dios.
Aunque la liturgia es ante todo culto a Dios, también instruye al pueblo: Dios habla en la Palabra y en los signos, y el pueblo responde. La reforma debe resaltar esta dimensión pedagógica.
Los ritos deben ser claros, breves, sin repeticiones inútiles, adaptados a la capacidad de los fieles y sin necesidad de explicaciones excesivas. La sencillez favorece la profundidad.
Se pide:
La liturgia y la Escritura son fuentes principales de la predicación.
Se conserva el latín en los ritos latinos, pero se permite la lengua vernácula en lecturas, moniciones y partes del pueblo, según determinen las autoridades competentes. Las traducciones deben ser aprobadas.
La Iglesia no impone uniformidad absoluta. Respeta y acoge elementos culturales compatibles con la fe, integrándolos en la liturgia cuando sea posible.
Los libros litúrgicos pueden prever adaptaciones para diversos pueblos y regiones, especialmente en territorios de misión, manteniendo la unidad sustancial del rito romano.
Las conferencias episcopales pueden determinar adaptaciones concretas en sacramentos, procesiones, lengua, música y arte sagrado, siempre dentro de los límites establecidos.
En ciertos lugares se requieren adaptaciones más profundas. Estas deben ser
estudiadas con prudencia, aprobadas por la Sede Apostólica y, si es necesario,
probadas previamente. Se requiere la colaboración de expertos.
Sacrosanctum Concilium - Decreto Vaticano II